Avala tribunal las denuncias de negligencia

Por Víctor Fuentes
Mural(21 Julio 2005).-
Obligan a compartir responsabilidad en casos de mala práctica médica
MÉXICO.- Un tribunal federal determinó que los hospitales –privados y públicos–, pueden ser demandados por la vía civil en casos de negligencia médica, aún si el personal responsable desobedeció órdenes superiores en su actuación.
“Es claro que el hospital debe responder solidariamente por los daños causados por sus operarios”, afirmó el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil en Guadalajara, “pues su responsabilidad tiene como fundamento la presunción de culpa en la elección de sus encargados o empleados que causen el daño”.
El precedente fue resultado de un amparo negado al hospital Santa María Chapalita. El tribunal lo difundió en mayo pasado –aunque no publicó la sentencia completa–, y se suma a la jurisprudencia vigente desde 2002, según la cual las instituciones médicas pueden ser demandadas por daño moral en casos de negligencia.
Dicha tesis fue emitida por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil en la Ciudad de México, y obliga a todos los juzgados del Distrito Federal a tramitar y resolver las demandas donde una persona víctima de negligencia médica reclame una indemnización económica por el daño moral sufrido, más allá del reclamo por daños material.
El caso de Jalisco derivó de los daños que sufrió un paciente por la aplicación inadecuada de una anestesia, aunque no se conocen los detalles específicos.
“Si se proporciona a los médicos una sustancia peligrosa como la anestesia, que puede llegar a producir efectos como la disminución de funciones vitales incluyendo el sistema cardiovascular, respiratorio y cerebral, pudiendo producir en algunas casos efectos adversos, y si tal efecto es causado a un paciente, es claro que el hospital debe responder solidariamente por los daños causados por sus operarios”, sostuvo el tribunal.
Las demandas civiles por daño moral pueden ser presentadas sin necesidad de acudir previamente a instancias arbitrales como la Conamed o las comisiones similares en los estados.
Sin embargo, los litigios pueden tomar varios años, y los criterios judiciales no siempre son previsibles, pues han existido controversias jurídicas sobre la valoración de las pruebas periciales médicas en estos casos.
Como las demandas son presentadas lo mismo ante juzgados federales, que ante los poderes judiciales estatales, no existen estadísticas nacionales sobre el volumen de este tipo de litigios, ya que los tribunales se limitan a registrarlos como “juicios civiles” sin aclarar de qué materia se trata.
Pero ante la tendencia de los tribunales a admitir este tipo de demandas, algunas dependencias optaron por protegerse. Desde noviembre de 2003, la Secretaría de Salud adquirió una póliza de seguro para más de 35 mil médicos y enfermeras, para responder ante estas demandas que pueden resultar en indemnizaciones millonarias.
Tradicionalmente, las pólizas de seguro de dependencias del sector salud excluían expresamente la responsabilidad civil del personal médico.